¿El banco te bloqueó las cuentas y no sabes por qué?

Muchas veces esto ocurre porque una institución pública inicia un proceso coactivo (por ejemplo, el SRI, un GAD, o el IESS, Cooperativas de Ahorro y Crédito en liquidación) para cobrar una deuda. Sin embargo, la ley dispone que antes de congelar tus cuentas, primero te notifiquen. Si no te notificaron, ese proceso puede ser nulo y tú tienes derecho a defenderte.
¿Qué es un proceso coactivo?
Es un tipo de procedimiento que usan las entidades públicas para cobrar deudas sin necesidad de un proceso judicial previo puesto que la propia administración pública sustancia el proceso. En el uso de sus facultades, la autoridad puede ordenar el embargo de bienes, retención de cuentas bancarias o prohibiciones de enajenar bienes.
La importancia de la notificación
La notificación es clave porque te permite:
- Conocer la deuda.
- Presentar tus argumentos y defensa.
- Pagar voluntariamente antes de que congelen tus cuentas.
El Código Orgánico Administrativo (COA), en su artículo 164, exige que la primera actuación administrativa sea notificada personalmente, por boleta o por el medio de comunicación establecido. Si no existe esta notificación, el proceso es nulo, ya que se violan derechos fundamentales como:
- El derecho a la defensa (art. 76 de la Constitución del Ecuador).
- La seguridad jurídica y el debido proceso.
Jurisprudencia que respalda esta obligación
La antigua Sala Especializada de lo Fiscal de la Corte Suprema de Justicia indicó que si no se notifica correctamente el título de crédito, los autos de pago son nulos, pues la persona queda en indefensión.
La Corte Constitucional también ha reiterado este criterio, por ejemplo, en la sentencia Nro. 335-16-SEP-CC (caso Nro. 0778-12-EP, de 20 de octubre de 2016), donde estableció que si no existe constancia de que el deudor recibió la notificación, el procedimiento es inválido. En palabras de la Corte:
“Al no observarse la firma de la persona que recibió la notificación, no existe constancia de que haya sido efectivamente notificado. Por consiguiente, el accionante fue dejado en indefensión”.
¿Qué hacer si te congelaron la cuenta sin notificación?
Si te bloquearon las cuentas sin haber sido notificado:
- Puedes pedir la nulidad del proceso coactivo.
- Puedes interponer recursos administrativos o acciones constitucionales.
- Tienes derecho a reclamar y defenderte antes de que se ejecuten las medidas cautelares.
Podemos ayudarte
En Lexdiem somos especialistas en derecho administrativo y tributario. Si te congelaron las cuentas sin una debida notificación, contáctanos. Te ayudaremos a recuperar tu dinero y proteger tus derechos.
Artículo elaborado por: Ab. Gabriela Calispa, máster en Derecho Procesal y especialista en Derecho Administrativo y Contratación Pública.
Fecha de elaboración: 25 de agosto de 2025


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